Derechos Humanos pisoteados en países que van del desconcierto al desgobierno en perjuicio de la gente

 

Eduardo Garibay Mares

 

Porque los estados en desgobierno generan en respectivos países contextos violentos, en los que de forma impune se infringen derechos legislados para la gente que los habita, la gesta de utopías patrióticas por un país mejor, trascendida internacionalmente en aras de una óptima convivencia de la gente, dio origen y vigencia a la Declaración Universal de Derechos Humanos, proclamada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, ONU, con la resolución 217 A (III), el 10 de diciembre de 1948.

De ahí que la proclama, suscrita por estados miembros de la ONU, se sustente en el ideal común de lograr que prevalezcan los derechos humanos, con aplicado esfuerzo de todas las naciones, para que tanto instituciones gubernamentales como individuos promuevan, a través de la enseñanza y la educación, el respeto a derechos y libertades, a fin de asegurar por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación mundial y efectivo, entre los países firmantes, y sus pueblos, así como entre los habitantes del territorio de cada jurisdicción.

Fue así que también, para convocar a los estados firmantes a cumplir la cabal observancia de los derechos individuales en las respectivas naciones, la ONU instituyó en 1950 la rememoración del 10 de diciembre como Día de los Derechos Humanos, mediante resolución 423 (V).

Derechos Humanos utópicos

Un anhelo mundial de bien común por el que la vigencia de los derechos de las personas fue declarada, desde hace 76 años, al considerarse, entre otras cuestiones: primero, que la libertad, la justicia y la paz en el mundo se basan en el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todo miembro de la familia humana; segundo, que el desconocimiento y menosprecio de derechos individuales han originado actos de barbarie, ultrajantes para la conciencia de la humanidad, razón por la cual se proclamó como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de una era en la que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de las libertades de palabra y de creencias; tercero, que es esencial proteger mediante un régimen de derecho los derechos de la persona, a fin de que ésta no se vea impulsada al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión; cuarto, que es primordial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones; quinto, que confirmada su fe en los derechos fundamentales de la gente, en la dignidad y el valor de la persona, y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, los estados suscritos se obligan a impulsar el progreso social y elevar el nivel de vida, dentro de un pleno concepto de la libertad; sexto, que los estados firmantes se comprometen a asegurar, en cooperación con la ONU, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del género humano; y séptimo, que una concepción común de estos derechos y libertades es de vital importancia para el pleno cumplimiento del compromiso asumido.

Declaración que por eso consagra para la persona derechos como son: en los artículos 1 y 2, de libertad, igualdad, fraternidad, y no esclavitud ni discriminación; del 3 al 11, ante instancias de ley; del 12 al 17, relacionados a su comunidad y suelo patrio, y con su migración en el propio país y en el extranjero; y del 18 al 21, de libertades políticas, de pensamiento, de conciencia y de religión. Derechos que se norman para ejercicio personal, del 28 al 30, junto con respectivas obligaciones.

Así también a favor de aspectos en cuanto a lo económico, social, educativo y cultural, se promueven para la persona la vigencia de derechos: en el artículo 22, a la seguridad social y satisfacción de derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad, mediante el esfuerzo nacional, la organización y recursos de cada Estado, y la cooperación internacional; en el 23, al trabajo y libre elección de éste, a condiciones laborales equitativas y satisfactorias, a igual salario por trabajo igual, sin discriminación alguna, a remuneración que le asegure, junto con su familia, una existencia conforme a la dignidad humana, complementada, de ser necesario, por todo medio de protección social, así como a fundar sindicatos y a sindicalizarse para defensa de sus intereses; en el 24, al descanso y disfrute de tiempo libre, a una limitación razonable del tiempo de trabajo y a vacaciones periódicas pagadas; en el 25, a un nivel de vida adecuado que no sólo le asegure salud y bienestar, especialmente la alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica, y servicios sociales, en lo personal y lo familiar, sino que además de brindarle, al perder medios de subsistencia, seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez y vejez, asimismo le garantice en la maternidad y en la infancia, cuidados y asistencia especiales, en el entendido que a todo infante, nacido de vínculo matrimonial o fuera de éste, debe dársele protección social; en el 26, a la educación, por lo que la instrucción elemental y fundamental será gratuita y obligatoria, y el acceso a instrucción técnica y profesional será generalizado e igualitario, en función del respectivo mérito propio, un derecho que asimismo implica el de escoger para sus hijos el tipo de educación preferido, aunque siempre sustentada en el pleno desarrollo de la personalidad y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos, y a las libertades fundamentales, a la vez que favorecedora tanto de la comprensión, la tolerancia y la amistad entre las naciones y grupos étnicos o religiosos, como del desarrollo de actividades de la ONU para el mantenimiento de la paz; y en el 27, a participar libremente en la vida cultural de la comunidad, en el disfrute de las artes, y en el progreso científico y beneficios resultantes, con protección de propios intereses morales y materiales en torno a producciones científicas, literarias o artísticas, por razón de su autoría.

Acciones infaustas gubernamentales en contubernio con grupos de poder constituyentes de élites

Derechos Humanos cuya cabal observancia debe proseguir con la mayor eficacia y efectividad que nunca se ha alcanzado, para convertir ya lo idealizado en realidad concreta, al aportar cada quien el grano de arena que colectivamente cimentará el camino hacia una vida sublime, y posible, más aún porque cada vez hay menos que festejar en el mundo, ante las consabidas acciones infaustas gubernamentales, en contubernio con grupos de poder constituyentes de élites políticas, económicas y sociales, causantes de que hoy por hoy la igualdad social sea una utopía, esto es, de que en los países no se respeten plenamente los derechos humanos de la población mayoritaria, de la que entonces tales gobernantes son tiranos, así hayan accedido al poder de forma ilegal o legítimamente, ya que para su provecho igual tienden a no cumplir ni hacer cumplir la ley, cual ocurre en torno al caos que asola a México en este 2026, en ámbitos federal, estatal y municipal, donde por capricho o corrupción de algunos servidores públicos que forman parte del Estado nacional, el pueblo sobrevive marginado de bienestar y paz, aunque todavía con la esperanza de una vida mejor.

Ni más ni menos.

El carrusel de Sinaloa, el sombrero de Michoacán y una elección que ya comenzó

Por: Jorge Martínez

25 de agosto de 2026

El carrusel de Sinaloa, el sombrero de Michoacán y una elección que ya comenzó

La elección de 2027 todavía no comienza formalmente, pero la política mexicana ya está en movimiento. Los partidos acomodan piezas, los grupos de poder miden fuerzas, aparecen posibles candidaturas y algunos gobiernos enfrentan decisiones que tendrán consecuencias electorales.

Sinaloa, Michoacán y la sucesión de 2027 parecen asuntos distintos. En realidad, tienen algo en común: en México, la política suele adelantarse al calendario electoral. La contienda comienza mucho antes de que formalmente comiencen las campañas.

El carrusel de Sinaloa

Sinaloa se ha convertido en uno de los principales focos de tensión de la política nacional. La designación de Graciela Domínguez Nava como gobernadora interina, después de los movimientos en torno a Rubén Rocha Moya, no es solamente un cambio administrativo. Es el reflejo de una disputa política que difícilmente puede explicarse como un asunto estrictamente personal.

Sobre Rocha Moya pesan señalamientos provenientes de Estados Unidos relacionados con presuntos vínculos con el crimen organizado, mientras funcionarios de su administración también han sido señalados por supuestos actos de corrupción. En Culiacán, además, ciudadanos han salido a las calles para exigir que no regrese al cargo.

La dirigencia de Morena ha sostenido que la decisión del gobernador fue personal y que el partido no intervino. Pero las versiones sobre sus diferencias con la presidenta Claudia Sheinbaum y los señalamientos sobre la influencia que habría tenido Andrés Manuel López Obrador en el intento de retorno mantienen abierta una pregunta incómoda: ¿quién toma realmente las decisiones cuando el poder político entra en crisis?

Porque una cosa es ejercer el poder y otra muy distinta asumir el costo de ejercerlo. Y en la política mexicana existe una vieja costumbre: cuando las decisiones tienen éxito, sobran los autores; cuando fracasan, nadie es responsable.

Sinaloa es, en buena medida, el ejemplo más reciente.

Grecia Quiroz: el sombrero vacío

En Michoacán, el escenario es diferente, pero la lógica es parecida. Grecia Quiroz ha conseguido convertirse en una figura política que rebasa el ámbito municipal y que comienza a ser observada con atención rumbo a 2027.

Su principal activo es, precisamente, aquello que también puede convertirse en su principal desafío: el símbolo.

El sombrero que identifica al movimiento surgido alrededor de Carlos Manzo tiene una enorme capacidad de reconocimiento y movilización. Pero ganar una elección exige mucho más que un símbolo.

Quiroz ha recurrido a la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra la reforma electoral aprobada por el Congreso de Michoacán y ha rechazado las versiones que la relacionan con Movimiento Ciudadano.

Más allá de las disputas jurídicas y partidistas, el problema de fondo es otro: ¿puede un movimiento convertirse en una estructura electoral competitiva sin perder congruencia precisamente aquello que le dio origen? Porque las encuestas pueden medir simpatías, pero no organizan casillas. Un símbolo puede convocar, pero no sustituye a los cuadros. La popularidad puede abrir una puerta, pero no garantiza los votos necesarios para atravesarla.

El verdadero desafío de Grecia Quiroz será transformar el respaldo ciudadano en organización territorial, estructura jurídica, cuadros competitivos y propuestas que demuestren que su movimiento puede ser algo más que un estandarte: una alternativa política viable y con capacidad de gobierno.

El sombrero puede ser una identidad. Pero una elección se gana con organización, propuestas y votos.

Y eso que todavía no empiezan las campañas

El calendario electoral establece que el proceso electoral federal 2026-2027 comenzará el próximo 10 de septiembre. La política, sin embargo, no parece tener mucha paciencia para esperar al calendario.

Los partidos avanzan sus piezas. El oficialismo ha comenzado a presentar coordinadores estatales de la Defensa de la Transformación en entidades que renovarán gubernaturas. Nora Ruvalcaba, por ejemplo, buscará nuevamente la gubernatura de Aguascalientes.

No hay misterio: la sucesión de 2027 está en marcha. Lo que todavía no empieza formalmente es la etapa electoral. La competencia política, en cambio, lleva tiempo desarrollándose.

Aquí aparece una de las grandes contradicciones de nuestro sistema y de su excesiva regulación: el calendario electoral pretende ordenar los tiempos, pero la política no se puede contener.

Los partidos construyen posicionamientos, realizan encuestas, negocian alianzas, miden aspirantes y preparan estructuras antes de que el árbitro declare oficialmente iniciado el partido. La pregunta entonces es inevitable: ¿para qué sobre regular los tiempos electorales si existe una evidente incapacidad para hacer cumplir las reglas?

Cuando la norma dice una cosa y la realidad política demuestra otra, la consecuencia es peligrosa: la simulación termina erosionando la credibilidad de las instituciones y debilitando la cultura democrática de la ciudadanía.

Reflexión final

La política mexicana se encuentra en modo contienda electoral. Sinaloa muestra las tensiones que puede provocar la disputa por el poder dentro del oficialismo. Michoacán plantea el desafío de convertir un movimiento ciudadano en una alternativa electoral. Y los partidos, mientras tanto, avanzan en la construcción de candidaturas mucho antes de que las campañas comiencen formalmente.

En ese escenario, Grecia Quiroz representa una incógnita. El Movimiento del Sombrero tiene algo que muchos proyectos políticos tardan años en conseguir: identidad, reconocimiento y capacidad de movilización.

Pero también enfrenta su prueba más difícil: demostrar que puede trascender a su fundador, ampliar su base, construir una estructura y presentar una propuesta de gobierno.

Porque los símbolos pueden ganar simpatías, pero no gobiernan. Los nombres pueden llenar plazas, pero no sustituyen a los equipos. Las encuestas pueden anticipar escenarios, pero no depositan votos en las urnas.

Al final, la política tiene una regla que ninguna campaña puede modificar: para ganar una elección no basta con tener un sombrero; hay que tener la cabeza para llenarlo.

Y mientras nadie espera el silbatazo del árbitro electoral, una cosa queda clara:

el partido ya comenzó y el árbitro llegará tarde y sin lentes.

Hasta las siguientes Reflexiones