Alfil. Debilidad auditiva y comunicación

Alfil

Debilidad auditiva y comunicación

 

Roberto Piñón Olivas

www.prensalibremexicana.com

Septiembre 9 de 2014

El 5.1 por ciento de los mexicanos padece alguna disfunción orgánica que lo coloca en desventaja. Se trata de cinco millones setecientas mil personas que todos los días tienen que superar -o al menos tratar de hacerlo- las inequidades planteadas por una mayoría “normal”, en un entorno de políticas públicas insuficientes. La discapacidad auditiva representa la tercera a nivel nacional en incidencia entre la población, sólo superada por la motriz y la visual.

La discapacidad auditiva afecta a un 12.1 por ciento de la población que padece disfunción. Se trata de setecientas mil personas a nivel nacional que todos los días se esfuerzan por incorporarse al mundo de la vida real, pero carentes o con disminución de los sonidos.

En una política auténtica de equidad, la deficiencia debe ser suplida con base en políticas públicas y privadas que tiendan a dotar a las personas con discapacidad del acceso a todas las comodidades y oportunidades que brinda la sociedad.

Sin embargo esto no ocurre o al menos, no de la manera en que debiera ocurrir.

En materia de telecomunicaciones, la reciente reforma, atiende el tema, al obligar a las cadenas de televisión nacional la inclusión del doblaje al lenguaje de señas de su principal noticiario.

Dice el artículo 161 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión: “En el caso de canales de televisión deberán cumplir con lo siguiente, en los términos que fije el Instituto: I. Contar con guía electrónica de programación, conforme a las disposiciones aplicables, y II. Contar con servicios de subtitulaje o doblaje al español y lengua de señas mexicana para accesibilidad a personas con debilidad auditiva. Estos servicios deberán estar disponibles en al menos uno de los programas noticiosos de mayor audiencia a nivel nacional”.

Tres observaciones tiene la norma, ya discutidas en su momento sin ser escuchadas en el seno de ambas Cámaras: el primero que sólo obliga a incorporar el doblaje en un noticiario a nivel nacional, que representa -considerándolo de una hora de duración- apenas el cinco punto cinco por ciento de la barra programática diaria, considerando un horario de transmisión de dieciocho horas. Se trata de un cinco por ciento que impide disfrutar a las personas con esta discapacidad del resto de la programación. Segundo, se dejan fuera los noticiarios locales de las televisoras nacionales y locales. Tercero, si resulta oneroso el doblaje a lenguaje de señas, ¿por qué no se insiste en los subtítulos al español en toda la barra programática, dada la facilidad de acuerdo a los avances tecnológicos existentes?

Es cierto que la reforma de telecomunicaciones da respuesta parcial a la necesidad de acercar la televisión a las personas con debilidad auditiva. La norma es insuficiente.

Si la resistencia proviene del sector privado concesionario y como obstáculo los recursos, bien pudiera el gobierno federal y los estados asumir parte del costo. Se trata al fin de hacer esfuerzos mayúsculos por incorporar a las personas con deficiencias auditivas a la posibilidad de la comunicación, como un derecho humano universal.

Aún más: se debe sumar a estas limitaciones legislativas la vacatio legis aplicada al respecto: deberán transcurrir tres años para que la obligación de doblaje sea exigible, término que vence en julio del año 2017, tal cual lo señala el transitorio cuadragésimo tercero: “Dentro de un plazo que no excederá de 36 meses a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, las señales de los concesionarios de uso comercial que transmitan televisión radiodifundida y que cubran más del cincuenta por ciento del territorio nacional deberán contar con lenguaje de señas mexicana o subtitulaje oculto en idioma nacional, en la programación que transmitan de las 06:00 a las 24:00 horas, excluyendo la publicidad y otros casos que establezca el Instituto Federal de Telecomunicaciones, atendiendo a las mejores prácticas internacionales. Los entes públicos federales que sean concesionarios de uso público de televisión radiodifundida estarán sujetos a la misma obligación”.

Es un avance la legislación, indudablemente sí. Llena, o más bien, medio llena un gran vacío. Pero hace falta hacer más, mucho más, para reducir la brecha de desigualdad en que se encuentra la población afectada por la ausencia o debilidad de su capacidad auditiva.